Por femicidio agravado: condenan a la pena máxima a oficial de Polianzoátegui

Califican la decisión judicial de injusta en perjuicio de un inocente, tal cómo lo demuestran las experticias del CICPC, y testimonios de testigos presenciales.

REGIONES 05 de julio de 2023 Alexander Compiani
Circuito Judicial Anzoategui
Circuito Judicial Anzoategui

Barcelona.- Después de tres años de retardo judicial y con privativa de libertad, en un desafortunado fallo emitido el 28 de junio de este año, el Tribunal del Circuito Penal de Anzoátegui, a cargo de la doctora Adriana López, y el Tribunal de Violencia contra la Mujer, cuyo titular es la doctora Nathaly López, tomaron la decisión que pone en peligro y la probidad, de la justicia y afecta a un inocente a quien se le sentencia con la pena maxima de 30 años de prisión.


Se trata del oficial jefe de la Polianzoátegui, Esteban Figuera Linares, quien es un ciudadano respetado y de conducta intachable. Ha prestado un servicio policial con alta calificación y honorabilidad. Incuestionable.


Figuera fue acusado de femicidio agravado, violencia física agravada y trato cruel, delitos que no cometió en contra de su pareja María de los Ángeles La Rosa Morales, hecho ocurrido el 2 de junio de 2019 en Barcelona.


En el juicio, la defensa demostró que Figuera no se encontraba en el lugar de los hechos, así quedó demostrado en el juicio con pruebas irrefutables y contundentes, presentadas por sus abogados defensores Edgar Guzmán Centeno, Niurka Figuera y Marilim Charmel. Pruebas que lo favorecen pero fueron desestimadas por la   juez Adriana López.


Los defensores aseguraron que todas estas pruebas, presentadas, incluyendo testimonios y evidencias forenses, apuntaban hacia la absolución del oficial jefe. Sin embargo, el Tribunal pasó por alto estas pruebas, mostrando una falta preocupante de "imparcialidad" y una negación de justicia.


La juez Adriana López fue implacable y arbitraria tras tomar el fallo en contra del funcionario policial con una pena de 30 años de prisión, obviando que en las experticias practicadas por el CICPC, de los hechos, incluyendo la reconstrucción, levantamiento planimetrico, exhumación, etc, descartó todas pruebas que están en el expediente que demuestran la inocencia. Lo más impresionante no tomó en cuenta el testimonio de dos testigos presenciales.


La reconstrucción de los hechos y el levantamiento planimetrico fueron realizadas 5 meses antes de privar de libertad al funcionario, obteniendo como conclusiones que Esteban Figuera no tuvo participación en estos hechos, de ser así la juez que constituyó el tribunal en ese momento, doctora Viannelys Bonilla, hubiera ordenado la privativa de libertad inmediata.


Los defensores exigen que se realice una revisión urgente del caso y se rectifique esta injusticia. También hacen un llamado a las autoridades judiciales para que defiendan los derechos humanos fundamentales, en la búsqueda de una justicia verdadera y equitativa.

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