Prestigio y referencia

Aníbal Sánchez, dejó sus impresiones sobre “Reglamento para el Proceso de Primarias”

ÁNALISIS Y OPINIÓN 07/05/2023 Editorial Alfayaracuy Editorial Alfayaracuy

Después de semanas de retraso la comisión de primarias, filtra la Propuesta de Reglamento que regirá el proceso de elecciones primarias, para la selección de un candidato a presidenciales del 2024 reza el instrumento, dejando algunos aspectos a la interpretación, de los ciudadanos.


En opinión del analista político y consultor electoral Aníbal Sánchez Ismayel, el instrumento No indica si el proceso de votación será manual o automatizado, y abre posibilidades del ejercicio del Voto en el Exterior, la propuesta toma en su mayoría los elementos que existen en los manuales del CNE, incluso el protocolo de manejo de las contingencias en la construcción de mesa o al pasar proceso de automatizado a manual


La propuesta de reglamento, según se desprende de sus primeros artículos, fue elaborado con el objeto de establecer normas que regule la instalación, constitución, acto de votación, escrutinio, verificación y distribución del material electoral.


En el aparte de Totalización, Impugnaciones y Nulidad de actas, se enfoca más a un proceso manual auto gestionado que al caso de ser automatizado, con asistencia del Consejo Nacional Electoral (CNE) aunque la intención del instrumento era que pudiera aplicar en ambos casos, sentenció el especialista 


El artículo (2) es explícito en cuanto a que el órgano superior de administración, dirección y supervisión de la elección, corresponde a la Comisión Nacional de Primarias (CNP) el reglamento deja la puerta abierta para la asistencia del CNE.


Esto significa que: "Las normas previstas en este Reglamento se aplicarán en cada caso según la naturaleza de la votación realizada" quedando claro que se regirá bajo principios de imparcialidad, confiabilidad, sin discriminación, y en respeto a la identidad del elector como de su voluntad, reza el artículo tercero.


La participación y colaboración de la sociedad civil, está prevista, incluso requerirán que las organizaciones civiles y políticas realice postulaciones de ciudadanos al Servicio Electoral, como describe el artículo (4) y en el quinto al establecer que la elección es de Tipo Personalizada (Nominal) el acto puede ser Manual o Automatizado 


Agregó Sanchez, en sus redes sociales (@ofAnibalSanchez) que el paso de determinar ‘Número de Centros y Mesas de Votación’ serán determinados en otra oportunidad, de acuerdo al Art (6)


Adicional a la figura de un Coordinador de Centro la comisión, establece la figura de un Monitor, las Mesas como órganos subalternos de la CNP estará constituida por un presidente, un secretario y un miembro con sus respectivos suplentes.


Al describir los materiales que maneja la Mesa, según el artículo (12) aparece la figura de listado de electores, cuadernos de votación y en caso de boletas físicas las mismas contendrían un mecanismo de seguridad en el adverso.


Al referirse de la instalación de las Mesas, deben hacer la consideración en caso de ser Manual o Automatizado, artículo (16) pues según caso deben estar presente el personal del CNE, así como de incluir lo de constatar la presencia de las máquinas.


La instalación se realizará Dos días antes del acto, y la constitución de las Mesas el propio día a las 6 am, el proceso está regulado entre los artículos 18 al 20, y el acto de votación será de 8 am a 4 pm  


En caso del Voto en el Exterior, quedan dudas, aunque la norma establece que se hará de forma ‘personal y manual’ en las Mesas para los que estén inscritos en Registro Electoral aprobado CNP


Se debe garantizar que los electores ejerzan una sola vez su derecho al voto, (Artículo 24) para votar en el caso nacional es con la presentación de la cédula aún vencida, y en caso del exterior puede ser también con el pasaporte.


En los casos de que un elector no aparezca en los Listados o Cuadernos será el Monitor quien le dará las indicaciones de a donde debe dirigirse (Artículo 34)


Al finalizar se debe verificar el número de electores asistentes, y en el cuaderno inutilizar con el sello de NO VOTO ‘tendrán que ponerlo unas cuántas millones de veces’ Entre artículo 44 y 46 se especifica el acto de escrutinio el cual es público, y tiene sus variantes en caso automatizado 


Queda establecida la auditoría ciudadana o verificación, posterior, la totalización se realizará dentro de las 48 horas siguientes a finalización la votación

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